Orden del 21 de octubre de 2020. Medidas de prevención específicas.

 

Orden del 21 de octubre de 2020. Medidas de prevención específicas.
Período de aplicación: 14 días naturales desde el 22 de outubre.
 


Normas de carácter general

  • Agrupaciones de personas: cualquier actividad de carácter familiar o social en la vía pública o espacios de uso público estará limitada a 5 personas. 
  • Excepciones: actividades laborales, empresariales, profesionales y administrativas, centros  universitairos, educativos, de formación y ocupacionales y deporte federado. 
  • Personas mayores de 75 años: evitar la actividad diaria en horas de mucha afluencia. 
  • Cierre total de fiestas, verbenas y otros eventos populares. 


Normas por sectores de actividad

  • Velatorios y entierros: 25 personas aire libre. 10  perosas espacios cerrados. 
  • Enterramientos y  cremacións: 25 personas. 
  • Lugares de culto: 50% del aforo. 
  • Ceremonias nupciales: según restricciones de los lugares de culto. 
  • Celebración: 100 personas al aire libre y 50 personas lugares cerrados. 
  • Comercio y servicios profesionales: 50% de su capacidad. 
  • Mercados ambulantes (Ferias): 50% de los puestos habituales autorizados. 
  • Academias, autoescuelas, centros privados de enseñanza no reglada y formación gestionada o financiada por la Xunta: 50% del máximo permitido.
  • Hostelería y Restauración: Prohibido servicio en barra, aforo en el interior del 50%, grupos de personas en mesas  máx. 5 personas. Hora de cierre a la 01:00  h. 
  • Hoteles, alojamientos turísticos y albergues: zonas comunes al 50% del aforo. Actividades grupales  máx. 5 personas incluido el monitor. 
  • Bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones…: 50% de la capacidad  máx. permitida. y en actividades grupales máximo 5 personas incluido el monitor.
  • Cines, teatros, auditorios…: butacas  preasignadas y 50% del aforo, En otros recintos y locales destinados a espectáculos públicos los asistentes deberán permanecer sentados y con un 50% del aforo total con un límite  máx de 60 personas en lugares cerrados y de 150 al aire libre. 
  • Centros de ocio infantil: 50% del aforo. 
  • Actividades e instalaciones deportivas: la actividad no federada deberá de ser sin contacto físico y  máx 5 personas de forma simultánea sin contar monitor. 
  • Aforos en eventos deportivos: público sentado, 50% de la capacidad de la instalación con un límite de 60 personas en lugares cerrados y 150 al aire libre. 
  • Piscinas: 50% del aforo. 
  • Actividades turísticas: grupos de 5 personas. En centros de información y puntos de información al 50% del aforo.
  • Tiempo libre infantil y juvenil: 50% del límite máximo permitido y grupos de 5 personas incluyendo monitores. 
  • Centros cívicos y sociales: 50% del aforo y en actividades grupales máximo 5 personas con el monitor incluido. 
  • Parques públicos y similares: aforo de 1 persona por cada 4  m2 recomendación de cierre entre las 00:00 y las 06:00. 
  • Congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias, eventos y actos similares: 50% de la capacidad de la instalación con un máximo de 60 personas en recinto cerca y 150 al aire libre.